OBSERVATORIO

NORMATIVAS

Ley Nº 18.987 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (22/10/2012)

En Uruguay: ¿el aborto está despenalizado?

La ley IVE Nº 18.987 del año 2012 reguló la práctica del aborto y no se aplica la pena para los casos en que se cumpla con determinados requisitos establecidos en la misma. Fuera de los casos previstos por la Ley IVE, el aborto sigue siendo un delito (definido por los artículos 325 y 325-bis del Código Penal).

¿A quienes alcanza la ley?

La ley se aplica a todas las mujeres uruguayas y a las extranjeras que tengan un año de residencia en el país.

¿Cuáles son los requisitos para que el aborto sea legal?

  • Que la interrupción voluntaria del embarazo se realice en las primeras doce semanas de embarazo
  • Que se cumpla con un procedimiento que implica: consulta con un equipo interdisciplinario integrado por profesionales de la ginecología, de la psicología y de la asistencia social; periodo de reflexión de cinco días; ratificación de la voluntad de interrumpir el embarazo mediante consentimiento informado.

Existen tres situaciones en las cuales estos requisitos no son exigibles:

  1. Cuando el embarazo es resultado de una violación el plazo para interrumpirlo se extiende a catorce semanas (requiere presentar denuncia).
  2. Cuando hay malformaciones en el feto incompatibles con la vida extrauterina, cuando se identifica la anomalía.
  3. Cuando existe riesgo grave para la salud de la mujer no se requiere plazo.

Hacé click acá para acceder a la ley.

Esta ley se encuentra reglamentada por el Decreto N° 375/012. Tras el fallo del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo en 2015 que declarara nulos total o parcialmente algunos de los artículos del Decreto, el Ministerio de Salud Pública elaboró una serie de ordenanzas que completan el marco normativo para la realización de un aborto dentro de la legalidad en Uruguay.