Desde MYSU consideramos que este posicionamiento de las y los profesionales de medicina familiar y comunitaria es importante porque podría ser una alternativa que mejore la situación para garantizar esta prestación en el primer nivel de atención, dando cuenta que no hay una concepción ética única sobre la actuación médica en la implementación de la ley 18.987.
Declaración de la Sociedad Uruguaya de Medicina Familiar y Comunitaria (SUMEFAC) sobre la implementación de la Ley 18.987: Interrupción Voluntaria del Embarazo.
Ante los hechos recientes en relación a la implementación de la Ley 18.987 aprobada en el año 2012 que habilita a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), tema de alta relevancia para la salud de las mujeres, la Sociedad Uruguaya de Medicina Familiar y Comunitaria (SUMEFAC) manifiesta su profunda preocupación.
A más de dos años de la aprobación de esta Ley persisten dificultades para su implementación. Esta situación lleva a que los derechos de las mujeres en nuestro país en lo que respecta a IVE continúen vulnerados, particularmente para las mujeres con menos recursos, aumentando la probabilidad de abortos en condiciones de riesgo. La objeción de conciencia surge como una de las principales barreras de acceso al procedimiento.
Ante esta situación la SUMEFAC manifiesta que:
La Medicina Familiar y Comunitaria reafirma su compromiso con el Sistema Nacional Integrado de Salud y la profundización de la reforma para la atención integral, accesible y equitativa para todas las personas del país.
La Medicina Familiar y Comunitaria cuenta en Uruguay con unos 450 especialistas de los cuales aproximadamente 300 se desempeñan en el ámbito público, principalmente a través de cargos de ASSE o cargos docentes de la Facultad de Medicina, y algo menos de 30 en Instituciones de Asistencia Médica Colectiva efectoras del SNIS.
Como médicos especialistas atendemos la salud integral de las mujeres en nuestro país en las distintas etapas de su vida incluyendo el control del embarazo y la salud sexual y reproductiva. Ya durante el proceso de reglamentación de la Ley 18.987 expresamos nuestra voluntad de participar activamente en el proceso de IVE.
En la actualidad los médicos de familia y comunidad estamos habilitados, de acuerdo a la normativa vigente, para realizar la primer consulta que desencadena el proceso de IVE y el control post IVE. No estamos autorizados a ser parte de la segunda consulta desde el equipo interdisciplinario ni a la administración de misoprostol en la tercer consulta.
La administración de misoprostol para IVE se puede realizar desde el Primer Nivel de Atención y los médicos de familia y comunidad somos profesionales competentes para asumir esta tarea responsablemente en el contexto de la atención integral y longitudinal que ofrecemos, así como para identificar las situaciones que ineludiblemente requieran atención por otros especialistas o en otros niveles de atención, haciendo la referencia oportuna.
Consideramos que la objeción de conciencia, siendo un derecho de los profesionales, puede vulnerar derechos de las mujeres. En este sentido, para preservar el enfoque de derechos y el acceso a la salud integral, principios vigentes en el SNIS, creemos es fundamental ampliar el perfil profesional habilitado para intervenir en las diferentes etapas de IVE actualmente restringida a especialistas en ginecología. Este procedimiento debe estar comprendido dentro de la atención a la salud de las mujeres que ya realizamos actualmente desde nuestra especialidad.
En base a esto proponemos se realicen las modificaciones reglamentarias que permitan que especialistas de Medicina Familiar y Comunitaria puedan actuar como profesionales habilitados para la atención de todas las consultas del proceso IVE, incluida la administración de misoprostol.
Ofrecemos nuestro compromiso para ser parte de la solución. Es nuestra voluntad contribuir en la construcción del cambio que aún se está gestando para que cada vez más el Sistema Nacional Integrado de Salud responda a las necesidades de las personas.
Comisión Directiva de SUMEFAC
Montevideo, 22 de agosto de 2015.
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